LEY N° 20.305
(D.O. 05.12.2008)
1. Circular N° 07 del 27/01/2010, en la cual informa adecuada implementación de la Ley N° 20.305, modificada por Ley N° 20.403
2. Formulario de Postulación año 2010.
3. Manual de Implementación año 2010.
A su vez la DIPRES ha puesto a disposición 2 dictamen que tienen relación con lo siguiente:
1. Dictamen N° 64.151, de 17/11/2009 emitido por la Contraloría General de la República.
Pronunciamiento emitido por la Contraloría sobre la ley N° 20.305, en los siguientes temas:
a) Personas que obtuvieron pensión de invalidez con anterioridad a la vigencia de la ley.
b) Personas que obtuvieron pensión de vejez anticipada por haber realizado trabajos pesados con anterioridad a la vigencia de la ley.
c) Plazo que tienen los funcionarios para pedir el beneficio y terminar sus servicios. Distinguir entre los trabajadores que cumplan la edad exigida 65 ó 60 años de edad, según sea hombre o mujer) luego de la entrada en vigencia y los que a esa fecha ya cumplían tal condición (artículo 1° transitorio).
d) Fecha máxima que tienen los trabajadores para cesar en labores y acceder al bono de la ley N° 20.305 conjuntamente con los beneficios en las leyes N°s 19.882 y 20.212.
2. Dictamen N° 18.011 de 2010 emitido por la Contraloría General de la República.
Pronunciamiento sobre el devengamiento del bono establecido en la citada ley, luego de las modificaciones introducidas en la materia por la ley N° 20.403, publicada en el Diario Oficial de 30 de noviembre de 2009.